Otorgo poder o mandato irrevocable a Sindicato CAT: que este descuente mensualmente de mi remuneración, la cuota del préstamo bajo convenio con INNOVAFIN CREDITOS PERSONALES SPA, con los topes de descuento que establece el inciso 3 del artículo 58 del Código del Trabajo. Asimismo, autorizo que el sindicato reciba los dineros que descuente mi empleador a mis remuneraciones de la o las cuotas convenidas con la empresa INNOVAFIN CREDITOS PERSONALES SPA., con la finalidad que el Sindicato las pague directamente a la misma, en cumplimiento de mi obligación de mutuo convenido.
En el evento que pierda mi calidad de socio del Sindicato, por las causales legales o las prescritas en el artículo 32 de los Estatutos Sindicales, o bien en el evento que mi contrato de trabajo termine por cualquier causal o motivo, faculto irrevocablemente a mi empleador a fin de que con cargo a las remuneraciones y/o indemnizaciones o recargos que por cualquier concepto me correspondieren, descuente el monto correspondiente al valor total, la cuota del período más el saldo insoluto, pendiente de pago del crédito individualizado más arriba, y proceda a pagar el citado crédito, remesando dicha cantidad al Sindicato, para que este restituya el monto correspondiente a INNOVAFIN CREDITOS PERSONALES SPA, quien imputará los valores según corresponda. Se deja expresa constancia que se exonera y libera en términos formales y expresos al SINDICATO EULEN CHILE, de cualquier responsabilidad derivada del saldo insoluto en el pago de los créditos pendientes, tanto por parte del trabajador deudor como por parte de la empresa INNOVAFIN CREDITOS PERSONALES SPA limitándose su obligación a recibir y remesar los fondos disponibles respectivos. En el evento de desafiliación por renuncia del socio a la Organización Sindical mandatada, manteniendo su relación laboral, esta se hará efectiva solo en el momento en que se encuentren solucionados íntegramente todos los créditos insolutos pendientes devengados a favor de las empresas con las que el SINDICATO respectivo mantenga convenios vigentes; emitiendo al efecto conjuntamente con el recibo de cancelación correspondiente, la aceptación de la renuncia solicitada.
Asimismo se hace presente que para el evento en que el trabajador deudor, desafiliado o desvinculado de la empresa, por cualquier motivo o razón, suscriba distintos planes o programas en razón de los convenios vigentes celebrados por el SINDICATO, los créditos devengados pendientes se solucionarán con cargo a las remuneraciones o indemnizaciones o recargos que le correspondieren al trabajador, a cumplitud a las empresas respectivas, de conformidad a la prelación establecida por la fecha de suscripción y adhesión del trabajador a los servicios que otorguen las mismas, y hasta el monto disponible atendiendo al descuento realizado por el empleador; limitándose la responsabilidad del SINDICATO a recibir y remesar las sumas correspondientes, atendiendo al orden cronológico de prelación indicado, liberándose de toda asunción de responsabilidad ulterior.
El SINDICATO autoriza, reconoce y acepta este mandato irrevocable otorgado por el trabajador, y se obliga al fiel cumplimiento del mismo en todas sus partes. Asimismo, el SINDICATO se obliga a remesar directamente a INNOVAFIN CREDITOS PERSONALES SPA, los fondos correspondientes al descuento realizado sobre las remuneraciones del mes en curso, hasta el día 15 (o hábil siguiente, en caso de festivo y/o feriado) del mes siguiente.